Amistía Internacional: “Reconocer a las parejas del mismo sexo su derecho al matrimonio asegura los derechos humanos para todas las personas, sin excepción”
Todo comenzó con la Reforma del Código Civil que fue aprobada por el Congreso el 30 de junio de 2005, con todos los grupos parlamentarios a favor, salvo el PP y los diputados de Unió, así como otros cuatro diputados que se abstuvieron. España se convertía así en el cuarto país del mundo que legalizaba el matrimonio entre personas del mismo sexo. La Ley modificaba así 16 artículos del Código para sustituir los términos de “marido” y “mujer” por el de “cónyujes” y las palabras “padre” y “madre” por progenitores. Además, amplió el artículo 44 con la siguiente afirmación:
“EL MATRIMONIO TENDRÁ LOS MISMOS REQUISITOS Y EFECTOS CUANDO AMBOS CONTRAYENTES SEAN DEL MISMO O DE DIFERENTE SEXO”
Fue el 30 de septiembre de 2005 cuando el Partido Popular decidió interponer ante el TC un recurso de inconstitucionalidad contra la totalidad de la Ley que regulaba el matrimonio entre personas del mismo sexo, al entender que la norma “desnaturalizaba la institución básica del matrimonio”, alegando que además violaba el artículo 32 de la Constitución que establece el derecho al matrimonio.
El TC lleva tratando a fondo este fallo desde mediadios de septiembre y el día 6 de noviembre se conoció finalmente la noticia. Este fallo es, posiblemente, la primera resolución que han adoptado los últimos magistrados renovados el pasado julio, pero para muchas parejas de homosexuales y muchos ciudadanos, es más que una simple resolución relevante y aseguran que ha ganado la libertad y los Derechos Humanos y Universales.
Son muchas las organizaciones, ongs y colectivos que se han manifestado a favor de este fallo, y aunque muchos resaltan que ha tardado mucho en llegar, están igualmente contentos y satisfechos con el resultado. Así, Amnistía Internacional (AI) también ha mostrado su satisfacción ante esta sentencia del TC, y ha dicho que con ésta “se pone fin a la pretensión de inconstitucionalidad de la ley que reconocía el derecho al matrimonio a personas del mismo sexo”.
Del mismo modo, esta organización cree que “denegar a personas individuales el derecho al matrimonio, basándose en el género de sus parejas, viola el derecho a la no discriminación, el derecho de igualdad ante la ley y el derecho de casarse y formar una familia, reconocido en el Artículo 16 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en el 23 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos”. Así, Esteban Beltrán, director de Amnistía Internacional España, ha señalado que “reconocer a las parejas del mismo sexo su derecho al matrimonio y a fundar una familia es un gran paso adelante para asegurar el disfrute de todos los derechos humanos para todas las personas, sin excepción”. Amnistía Internacional ha reconocido el esfuerzo constante de los activistas LGTBI y su papel fundamental en la extensión de los Derechos Humanos a todas las personas, del mismo modo que ha recordado que “el reconocimiento del matrimonio entre personas del mismo sexo no es contrario a la normativa internacional, sino, por el contrario, un modo de garantizarla”.